Preguntas Frecuentes sobre Accidentes Laborales
¿Sufriste un accidente laboral? Todo lo que necesitas saber
Guía completa con respuestas a todas tus dudas: desde el momento del accidente hasta la indemnización que mereces. Sin tecnicismos, sin rodeos, solo información clara para proteger tus derechos.
¿Qué se considera un accidente laboral?
Un accidente laboral es cualquier lesión que sufras durante tu jornada de trabajo o en el trayecto directo entre tu domicilio y el lugar de trabajo (accidente in itinere). Esto incluye caídas, golpes, quemaduras, lesiones por esfuerzos excesivos y cualquier otro tipo de daño físico relacionado con tus tareas laborales.
¿Qué debo hacer inmediatamente después de sufrir un accidente en el trabajo?
Primero, comunica el accidente a tu supervisor o al responsable de seguridad laboral. Solicita atención médica inmediata, incluso si la lesión parece leve. Es fundamental que quede registro oficial del accidente desde el primer momento.
¿Puedo elegir a qué médico o centro médico acudir tras un accidente laboral?
Inicialmente debes acudir a los prestadores médicos de la ART de tu empleador. La empresa debe informarte dónde y cómo recibir la primera atención. Solo en casos de emergencia extrema, cuando corre riesgo tu vida, puedes acudir al centro médico más cercano.
¿Quién debe denunciar el accidente laboral ante la ART?
Tu empleador está obligado por ley a denunciar el accidente ante la ART dentro de las 48 horas de ocurrido. Sin embargo, si tu empleador no lo hace, tú mismo o un familiar pueden realizar la denuncia.
¿Qué pasa si mi empleador se niega a denunciar mi accidente?
Si tu empleador se niega a denunciar el accidente, puedes hacerlo tú mismo directamente ante la ART. También puedes comunicarte con nosotros para asesorarte en este proceso. Recuerda que es ilegal que tu empleador se niegue a hacer la denuncia.
¿Qué información necesito para hacer la denuncia de mi accidente?
Necesitarás tu información personal, datos de tu empleador, número de póliza de la ART, fecha y hora del accidente, descripción detallada de cómo ocurrió, y cualquier testigo que haya presenciado el hecho. Es importante ser lo más preciso posible.
¿La ART debe cubrir todos los gastos médicos desde el primer momento?
Sí, la ART debe cubrir el 100% de todos los gastos médicos, medicamentos, traslados y rehabilitación necesarios para tu recuperación, sin que tengas que pagar nada de tu bolsillo.
¿Qué hago si la ART no me autoriza estudios o tratamientos que mi médico considera necesarios?
Si la ART niega tratamientos o estudios indicados por el médico, debes solicitar por escrito la justificación de la negativa. En estos casos, es recomendable buscar asesoramiento legal inmediato, ya que tienes derecho a recibir todo el tratamiento necesario para tu recuperación.
¿Puedo solicitar una segunda opinión médica si no estoy conforme con el diagnóstico o tratamiento?
Sí, tienes derecho a solicitar una segunda opinión médica. Puedes pedir a la ART que te derive a otro especialista o consultar con un médico de tu confianza. Si eliges un médico externo a la red de la ART, podrías tener que afrontar esos gastos, pero su informe puede ser útil para cuestionar decisiones de la ART.
¿Quién me paga el salario mientras no puedo trabajar por el accidente?
Durante el período de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT), la ART debe pagarte una prestación dineraria equivalente a tu salario habitual. Este pago comienza al día siguiente del accidente y continúa hasta que te dan el alta médica o se determina una incapacidad permanente.
¿Qué porcentaje de mi sueldo me corresponde cobrar durante la incapacidad temporaria?
Debes recibir el 100% de tu salario habitual, incluyendo todos los conceptos que cobrabas regularmente (salario básico, antigüedad, horas extras habituales, etc.).
¿Con qué frecuencia la ART debe pagarme durante mi recuperación?
La ART debe pagarte con la misma periodicidad que tu empleador te pagaba tu salario (generalmente mensual), respetando las fechas habituales de pago.
¿Tengo derecho a rehabilitación completa después de mi accidente?
Sí, tienes derecho a recibir todos los tratamientos de rehabilitación necesarios hasta alcanzar tu máxima recuperación posible. Esto incluye fisioterapia, terapia ocupacional, tratamiento psicológico y cualquier otra atención especializada que requiera tu caso.
¿Qué hago si la ART quiere darme de alta pero yo sigo con dolores o limitaciones?
Si consideras que no estás en condiciones de reincorporarte al trabajo, debes expresarlo claramente al médico y solicitar que quede registrado. Luego, es recomendable consultar inmediatamente con un abogado especializado para apelar esta decisión y continuar con tu tratamiento.
¿Puedo perder mi trabajo mientras estoy en tratamiento por un accidente laboral?
La ley te protege y prohíbe el despido durante el período de Incapacidad Laboral Temporaria. Si te despiden durante este período, podrías tener derecho a una indemnización mayor por despido discriminatorio. Ante esta situación, consulta inmediatamente con nosotros.
¿Qué significa recibir el «alta médica» de la ART?
El alta médica significa que, según los médicos de la ART, has llegado a tu máxima mejoría clínica y estás en condiciones de reincorporarte al trabajo. Puede ser un alta sin incapacidad o con determinación de algún porcentaje de incapacidad permanente.
¿Puedo apelar el alta médica si no estoy de acuerdo?
Sí, puedes apelar el alta médica si consideras que no estás en condiciones de volver a trabajar o no estás de acuerdo con el porcentaje de incapacidad determinado. Para esto, debes presentar una apelación formal ante la Comisión Médica dentro de los plazos establecidos.
¿Debo reincorporarme al trabajo inmediatamente después del alta médica aunque no esté de acuerdo?
Si has recibido el alta médica, legalmente debes reincorporarte al trabajo. Sin embargo, si no estás de acuerdo, puedes presentar una apelación y solicitar una evaluación médica independiente. Mientras tanto, es recomendable reincorporarte para evitar problemas laborales adicionales, a menos que tu médico particular certifique que no estás en condiciones de trabajar.
¿Cómo se inicia el trámite para determinar mi porcentaje de incapacidad?
El trámite se inicia automáticamente por la ART al darte el alta médica, o puedes iniciarlo tú mismo presentando una solicitud ante la Comisión Médica de tu jurisdicción. Te recomendamos contar con asesoramiento legal desde este momento para proteger tus derechos.
¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite de determinación de incapacidad?
Necesitarás tu DNI, documentación médica relacionada con el accidente, informes de estudios realizados, certificados médicos adicionales que hayas obtenido, y cualquier otra prueba que respalde tu caso. Nosotros podemos ayudarte a reunir y presentar toda esta documentación.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite de determinación de incapacidad?
Los plazos varían según cada caso y la carga de trabajo de las Comisiones Médicas, pero generalmente puede tomar entre 2 y 6 meses. Durante este tiempo es fundamental contar con asesoramiento legal para evitar demoras innecesarias.
¿Qué es la Junta Médica y cómo debo prepararme?
La Junta Médica es una evaluación realizada por médicos de la Comisión Médica que determinará tu porcentaje de incapacidad. Para prepararte, debes reunir toda tu documentación médica, asistir con un abogado especializado y, si es posible, con un médico de parte que defienda tus intereses.
¿Es obligatorio contar con un abogado en la Junta Médica?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable. Un abogado especializado conoce los criterios de evaluación y puede asegurarse de que todos tus problemas de salud sean correctamente considerados en la determinación de tu incapacidad.
¿Qué es un médico de parte y por qué es importante llevarlo a la Junta Médica?
Un médico de parte es un profesional que tú contratas para que te represente técnicamente durante la Junta Médica. Su importancia radica en que puede señalar aspectos médicos que los evaluadores podrían pasar por alto y argumentar técnicamente por qué mereces un mayor porcentaje de incapacidad si corresponde.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con el dictamen de la Comisión Médica?
Según la Resolución 179/15 SRT, si no estás conforme con el dictamen de la Comisión Médica, tienes derecho a presentar un recurso. Existen dos vías principales: 1) Recurso administrativo ante la Comisión Médica Central, o 2) Recurso judicial ante la justicia competente según tu jurisdicción. Es fundamental contar con asesoramiento legal para determinar la mejor opción en tu caso específico.
¿Cuál es el plazo para presentar una apelación?
De acuerdo con la Resolución 179/15 SRT, dispones de 5 días hábiles para presentar un recurso administrativo contra el dictamen de la Comisión Médica. Este plazo es estricto y comienza a contar desde la notificación fehaciente del dictamen. Para recursos judiciales, los plazos pueden variar según la jurisdicción y los convenios específicos de tu provincia con la SRT. Por la brevedad de estos plazos, es crucial actuar rápidamente y buscar asesoramiento legal inmediato.
¿Necesito obligatoriamente un abogado para apelar?
Sí, la Resolución 179/15 SRT establece que para ciertas instancias recursivas se requiere patrocinio letrado obligatorio. Contar con un abogado especializado en accidentes laborales no solo es un requisito formal, sino que resulta esencial para fundamentar adecuadamente tu apelación, presentar la documentación correcta y cumplir con todos los requisitos procedimentales que exige la normativa vigente.
Obtenga la indemnización que merece
Cada caso es único y es primordial entrevistarse con un abogado especialista en ART, para informarse adecuadamente. No espere hasta el alta médica, gane tiempo iniciando su reclamo mientras se encuentra en tratamiento médico.